EXP N.°
00381-2023-PA/TC
LIMA
MIGUEL BARBARÁN ARÉVALO
AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 7 de febrero de 2024
VISTO
El recurso de queja formulado por el recurrente, con fecha 18 de setiembre de 2023, contra la sentencia de fecha 5 de mayo de 2023; y
ATENDIENDO A QUE
1. El recurrente interpone recurso de queja contra la sentencia de autos, al amparo del artículo 401 del TUO del Código Procesal Civil, que no resulta aplicable a los procesos constitucionales.
2. Por consiguiente, dicho recurso deviene improcedente.
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de queja.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MORALES SARAVIA
DOMÍNGUEZ HARO
PONENTE DOMÍNGUEZ HARO