EXP. N.º 00009-2023-PCC/TC
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO - LIMA
AUTO 2 – ADMISIÓN COMPLEMENTARIA

AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 3 días del mes de diciembre de 2024, en sesión de Pleno Jurisdiccional, los magistrados Pacheco Zerga (presidenta), Domínguez Haro (vicepresidente), Morales Saravia, Gutiérrez Ticse y Hernández Chávez han emitido el presente auto. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.

VISTOS

Los escritos de fecha 11 de noviembre de 2024, que contienen la subsanación de la demanda, presentada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS); y,

ATENDIENDO A QUE

  1. Mediante el auto de calificación de fecha 28 de agosto de 2024, se declaró inadmisible la demanda competencial interpuesta por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), en el extremo que no se acreditó la autorización de su concejo municipal para interponer demanda competencial contra las resoluciones judiciales emitidas en el Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04, seguido ante el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima; y se concedió un plazo de cinco (05) días hábiles siguientes a la notificación del citado auto a efectos de que se subsane la omisión advertida, bajo apercibimiento de declarar improcedente el citado extremo de la demanda.

  2. Mediante el Oficio 00251-2024-SR/TC, recibido con fecha de 4 de noviembre de 2024 (foja 274 del cuadernillo digital), este Tribunal Constitucional notificó a la municipalidad demandante el citado auto de fecha 28 de agosto de 2024, que declaró inadmisible la demanda en el extremo antes señalado.

  3. En relación con los escritos del Visto, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco presenta el Acuerdo de Concejo 100-2024-ACSS, de fecha 11 de noviembre de 2024, mediante el cual se “amplía la autorización contenida en el Acuerdo de Concejo 127-2023-ACSS, para comprender dentro de la Demanda Competencial, las resoluciones judiciales emitidas en el Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04 seguido ante el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima (identificadas en la demanda competencial presentada) que vulneran las competencias normativas, de fiscalización y control, y sancionatorias de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, subsanando de esta manera de forma oportuna la observación señalada” (cfr. fojas 246 a 247 y 257 a 258 del cuadernillo digital).

  4. Habiéndose cumplido con subsanar la omisión advertida en los fundamentos 10 y 22 del auto de calificación de fecha 28 de agosto de 2024, corresponde admitir a trámite la demanda competencial planteada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco contra el Poder Judicial respecto de las resoluciones emitidas en el Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04, y emplazar a este último para que la conteste, de acuerdo con lo establecido en el artículo 111 del NCPCo.

  5. Así entonces, a lo expresado en el fundamento 13 del auto de calificación de fecha 28 de agosto de 2024, se debe agregar que la MDSS solicita a este Tribunal Constitucional que declare:

  1. Nulas y sin efecto las medidas cautelares así como las sentencias dictadas en el Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04, seguido ante el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, por vulnerar la autonomía municipal, al impedir ejercer las competencias y atribuciones municipales respecto a la emisión de licencias correspondientes para las actividades comerciales que se efectúan en su jurisdicción, competencias de fiscalización, control y sanción; y disponer que dichos actos procesales dejen sin efecto las sanciones provisionales (clausura de local comercial, imposición de papeletas de infracción y actas de intervención), a pesar de que los procedimientos administrativos se encuentran en trámite.

  2. Se ordene el archivo definitivo del proceso judicial del Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04, seguido ante el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, sin pronunciamiento sobre el fondo, por el evidente menoscabo efectuado a las competencias normativas y constitucionales de la MDSS.

  1. En la demanda, la MDSS precisa que los actos que demostrarían el menoscabo de sus competencias en el Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04, a cargo del Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, son la Resolución 1, de fecha 6 de febrero de 2023, emitida en el cuaderno cautelar, y la Resolución 5 (sentencia), de fecha 16 de setiembre de 2023, emitida en el cuaderno principal.

  2. Finalmente, resulta pertinente destacar que, a la fecha, el cuaderno principal del Expediente 00328-2023 se encuentra en trámite ante este Tribunal Constitucional, en el Expediente 00841-2024-PA/TC.

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

RESUELVE

ADMITIR a trámite la demanda de conflicto competencial interpuesta por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco contra el Poder Judicial respecto de las resoluciones emitidas en el Expediente 00328-2023-0-1801-JR-DC-04, seguido ante el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima; y correr traslado de la demanda al Poder Judicial, para que se apersone al proceso y la conteste dentro de los 30 días útiles siguientes a la notificación de la presente resolución.

Publíquese y notifíquese.

SS.

PACHECO ZERGA

DOMÍNGUEZ HARO

MORALES SARAVIA

GUTIÉRREZ TICSE

HERNÁNDEZ CHÁVEZ