RAZÓN DE RELATORÍA

 

Se deja constancia de que se publica la sentencia de fecha 3 de noviembre de 2022, emitido en el Expediente n.° 01334-2022-PHD/TC, y que se notificará a las partes para los fines legales pertinentes, sin la firma del magistrado Augusto Ferrero Costa, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional con fecha 23 de noviembre de 2022, en concordancia con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional.

 

Por lo que, se da fe del sentido de la votación del magistrado Augusto Ferrero Costa, quien ha conocido la causa y está a favor de la sentencia mencionada.

 

Lima, 30 de noviembre de 2022

   

 

 

 

    Rubí Alcántara Torres

Secretaria de la Sala Segunda


 

 

                                                                                                                                                                                                Sala Segunda. Sentencia 407/2022

 

 

EXP. N.° 01334-2022-PHD/TC

TACNA

YOBANA COLLANTES BERRIO

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

En Lima, a los 3 días del mes de noviembre de 2022, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Gutiérrez Ticse, Ferrero Costa y Domínguez Haro, pronuncia la siguiente sentencia.

                                                                                            

ASUNTO

 

El recurso de agravio constitucional interpuesto por doña Yobana Collantes Berrio contra la resolución de fojas 193, de fecha 30 de noviembre de 2021, expedida por la Primera Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que declaró infundada la demanda de autos.

 

ANTECEDENTES

 

Demanda

 

Con fecha 29 de marzo de 2021 [cfr. fojas 41], doña Yobana Collantes Berrio interpuso demanda de habeas data contra la directora de la Unidad de Gestión Educativa Local de Candarave, doña Edith Ceverina Condori Quispe, quien ejerce la función de presidenta del Comité de Evaluación del Desempeño en el cargo de Especialista en Educación de la UGEL Candarave. Asimismo, solicita el emplazamiento al procurador público del Gobierno regional de Tacna. En virtud de su derecho de acceso a la información pública, solicita que se le brinde lo siguiente:

 

a)       El acervo documentario y actuados materia de evaluación de su persona, en el proceso de evaluación del desempeño, en el cargo de especialista en educación de la UGEL Candarave 2020, correspondientes a los 11 ítems contenidos en cuatro competencias, en el marco de la RVM 194-2020-MINEDU; documentos que deben ser de fuentes confiables que sirven de fuente para el instrumento de la Guía del análisis de evidencias y dicha documentación debe contener evidencias relacionadas al desempeño del Especialista como a) Informes, b) Reportes elaborados por el superior jerárquico, c) Fichas de monitoreo o evaluación; y d) Reportes de los sistemas.

 

b)       El acervo documentario y actuados materia de evaluación de las siguientes personas: profesora Gianina Milagros Romero Choquegonza, especialista en educación primaria; profesor César Valencia Tarapa, especialista en educación secundaria; profesor   Rodolfo Nina Yufra, especialista en educación secundaria; en el proceso

 

 

 

 

 

 

de evaluación del desempeño en el cargo de especialistas en educación de la UGEL Candarave 2020, correspondientes a los 11 ítems contenidos en cuatro competencias, en el marco de la RVM 194-2020-MINEDU: documentos que deben ser de fuentes confiables que sirven de fuente para el instrumento de la Guía del análisis de evidencias y dicha documentación debe contener evidencias relacionadas al desempeño del Especialista como a) Reportes elaborados por el superior jerárquico, b) Fichas de monitoreo o evaluación, c) Reportes de los sistemas, y d) Informes y documentos necesarios para el instrumento Guía de entrevista basada en evidencia, que se consignan los siguientes documentos:

 

-        Informe N° 40-2018-EESC-UGELC/DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Plan de Implementación de Módulo para el Área de Comunicación.

-        Informe del Taller de Asistencia Técnica sobre Currículo Nacional de Educación Básica dirigido a Directores de Educación Secundaria.

-        Plan Integral de Mejoramiento del Plan Lector 2017, en las instituciones Educativas Públicas y Privadas de la jurisdicción - UGEL Candarave.

-        Realización de Talleres de Fortalecimiento en estrategia de comprensión lectora para docentes del área de comunicación frente al resultado de análisis de resultado de evaluación ECE 2017.

-        Informe N° 40-2017-EES-UGELC/DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Plan de Monitoreo en el marco del desarrollo de la estrategia “Aprendo en casa”.

-        Plan de capacitación docente: “Fortaleciendo capacidades bajo el enfoque por competencias, para docentes del área de ciencias sociales de EBR de la región Tacna".

-        Plan de Capacitación Docente: “Fortaleciendo el desempeño docente en el marco de la implementación del currículo nacional en el nivel secundaria de la EBR de la región Tacna”.

-        Informe N° EM 016-2020-EES-HGE-UGEL.C/DRET/GOB.REG.TACNA.

-        Informe N° 01-2018-C.CH.EE.UGEL.C/DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Informe N° 23-2018-COORD.REG.RED.AGPI-UGEL.C.DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Plan de Trabajo de la Experiencia Pedagógica Regional “S.O.S. Emergencia Emocional”.

-        Plan de Actualización Docente de Educación Primaria 2020.

-        Plan de Contingencia de Implementación del Currículo Nacional 2020.

-        Otros

 

La demandante alega que, con fecha 21 de enero y 5 de febrero de 2021, solicitó a la demandada la entrega de la documentación consignada en los puntos a y b, respectivamente. Agrega que, con fecha 1 de febrero de 2021, la UGEL de Candarave le comunicó el Oficio EM N.° 05-2021-CEDE-UGEL CANDARAVEby, con fecha 18 de febrero de 2021, y el Oficio N.° 009-2021-CEDE-UGEL-CANDARAVE, ambos con la finalidad de remitirle los documentos solicitados; no obstante, la información brindada fue otorgada de manera inoportuna e incompleta, tornándose en impertinente para los fines que perseguía.


 

Auto de admisión a trámite

 

Mediante Resolución 1 (f. 55), de fecha 30 de marzo de 2021, el Primer Juzgado Civil Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna admitió a trámite la demanda.

Contestación de la demanda

 

Con fecha 10 de mayo de 2021 (f. 60), la Procuraduría Pública del Gobierno regional de Tacna, en representación de la UGEL de Candarave, contestó la demanda solicitando que sea declarada infundada porque la demandante no cumplió con precisar de manera clara, específica y detallada su petición.

 

Con fecha 28 de mayo de 2021, (f. 66) la directora de la UGEL de Candarave contestó la demanda solicitando que sea declarada infundada o improcedente, al estimar que se atendió la solicitud de la recurrente de manera oportuna y dentro de los plazos señalados.

 

Sentencia de primera instancia o grado

 

Mediante Resolución 7 (f. 162), de fecha 6 de octubre de 2021, el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna declaró infundada la demanda, tras considerar que la demandante ha cumplido con otorgar la información solicitada; que los pedidos de información no han sido formulados de manera detallada, sino genérica, y que por esta razón no se puede imputar a la emplazada el incumplimiento de dicho pedido.

 

Resolución de segunda instancia o grado

 

Mediante Resolución 11 (f. 193), de fecha 30 de noviembre de 2021, la Primera Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tacna confirmó la sentencia apelada, con argumentos similares a los esgrimidos por el a quo.

 

FUNDAMENTOS

Delimitación del petitorio

1.        En el presente caso, la actora solicita:

 

a)       El acervo documentario y actuados materia de evaluación de su persona, en el proceso de evaluación del desempeño, en el cargo de especialista en educación de la UGEL Candarave 2020, correspondientes a los 11 ítems contenidos en cuatro competencias, en el marco de la RVM 194-2020-MINEDU; documentos que deben

 

ser de fuentes confiables que sirven de fuente para el instrumento de la Guía del análisis de evidencias y dicha documentación debe contener evidencias relacionadas al desempeño del Especialista como a) Informes, b) Reportes elaborados por el superior jerárquico, c) Fichas de monitoreo o evaluación; y d) Reportes de los sistemas.

 

El acervo documentario y actuados materia de evaluación de las siguientes personas: profesora Gianina Milagros Romero Choquegonza, especialista en educación primaria; profesor César Valencia Tarapa, especialista en educación secundaria; profesor  Rodolfo Nina Yufra, especialista en educación secundaria; en el proceso de evaluación del desempeño en el cargo de especialistas en educación de la UGEL Candarave 2020, correspondientes a los 11 ítems contenidos en cuatro competencias, en el marco de la RVM 194-2020-MINEDU: documentos que deben ser de fuentes confiables que sirven de fuente para el instrumento de la Guía del análisis de evidencias y dicha documentación debe contener evidencias relacionadas al desempeño del Especialista como a) Reportes elaborados por el superior jerárquico, b) Fichas de monitoreo o evaluación, c) Reportes de los sistemas, y d) Informes y documentos necesarios para el instrumento Guía de entrevista basada en evidencia, que se consignan los siguientes documentos:

 

 

-        Informe N° 40-2018-EESC-UGELC/DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Plan de Implementación de Módulo para el Área de Comunicación.

-        Informe del Taller de Asistencia Técnica sobre Currículo Nacional de Educación Básica dirigido a Directores de Educación Secundaria.

-        Plan Integral de Mejoramiento del Plan Lector 2017, en las instituciones Educativas Públicas y Privadas de la jurisdicción - UGEL Candarave.

-        Realización de Talleres de Fortalecimiento en estrategia de comprensión lectora para docentes del área de comunicación frente al resultado de análisis de resultado de evaluación ECE 2017.

-        Informe N° 40-2017-EES-UGELC/DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Plan de Monitoreo en el marco del desarrollo de la estrategia “Aprendo en casa”.

-        Plan de capacitación docente: “Fortaleciendo capacidades bajo el enfoque por competencias, para docentes del área de ciencias sociales de EBR de la región Tacna".

-        Plan de Capacitación Docente: “Fortaleciendo el desempeño docente en el marco de la implementación del currículo nacional en el nivel secundaria de la EBR de la región Tacna”.

-        Informe N° EM 016-2020-EES-HGE-UGEL.C/DRET/GOB.REG.TACNA.

-        Informe N° 01-2018-C.CH.EE.UGEL.C/DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Informe N° 23-2018-COORD.REG.RED.AGPI-UGEL.C.DRSET/GOB.REG.TACNA.

-        Plan de Trabajo de la Experiencia Pedagógica Regional “S.O.S. Emergencia Emocional”.

-        Plan de Actualización Docente de Educación Primaria 2020.

-        Plan de Contingencia de Implementación del Currículo Nacional 2020.

-        Otros

 

 Análisis del caso concreto

 

2.      Respecto al pedido de la actora, referido a la entrega de información indicada en el punto a) de la demanda, es preciso señalar, que aun cuando

 

esta se relaciona con el derecho a la autodeterminación informativa, porque se encuentra vinculada a información sobre su desempeño laboral, de la solicitud de fojas 4, dirigida a la emplazada, se aprecia que esta no guarda relación específica con dicho extremo, dado que, en aquella oportunidad, solicitó:

 

(…) todo el acervo documentario que sustente la evaluación del desempeño de especialista de la UGEL, que se realizó a mi persona con fecha 8 de enero del 2021, incluyendo dentro de ellas las actas de reunión, acta de evaluación, documentos que sustente la evaluación entre otros.

 

3.        Pese a ello, del propio dicho de la actora se desprende que la emplazada con fecha 1 de febrero de 2021 (f. 65), vía correo electrónico, le remitió la siguiente documentación:

-          Oficio N.° 005-2021-CEDE-UGEL-CANDARAVE

-          Carta de Notificación N.° 04-2020-CEDE-UC, de fecha 20 de noviembre de 2020.

-          Acta de Instalación del Comité de Evaluación del Desempeño en el Cargo de Especialista en Educación de UGEL Candarave, de fecha 21 de noviembre de 2020.

-          Acta de Sesión Informativa con los Especialistas Evaluados, de fecha 26 de noviembre de 2020.

-          Acta De Reprogramación del Cronograma Interno del Comité de Evaluación del Desempeño en el Cargo de Especialista en Educación UGEL Candarave, de fecha 14 de diciembre de 2020.

-          Oficio N.° 04-2020-CEDE-UGEL CANDARAVE, de fecha 17 de diciembre de 2020.

-          Oficio N.° 08-2020-CEDE-UGEL CANDARAVE, de fecha 30 de diciembre de 2020.

-          Ficha de Calificación, sin fecha.

-          Guía de entrevista basada en evidencia, fecha de la entrevista 8 de enero de 2021.

-          Pauta para la entrevista a los actos educativos, fecha de la sesión 9 de enero de 2021.

-          Guía para el análisis de evidencia documental y de otras fuentes, fecha de la sesión 9 de enero de 2021.

 

4.        En cuanto al extremo b) del petitorio de la demanda, que se encuentra vinculado al derecho de acceso a la información pública, del requerimiento de fecha 5 de febrero de 2021 (ff. 24 y 25) se aprecia que este fue formulado en términos generales:

(...) copias del total de documentos que forman parte de la evaluación de desempeño de especialistas en educación de UGEL-2020, correspondiente a los 11 ítems contenido en cuatro competencias en el marco de la RVM 194-2020-MINEDU (…) correspondientes a los especialistas en educación pertenecientes a la UGEL Candarave: 1. Prof. Gianina Milagros Romero Choqueconza especialista en educación primaria, 2. Prof. César Valencia Tarapa especialista en educación secundaria, 3. Prof. Rodolfo Nina Yufra especialista en educación secundaria. (subrayado nuestro).

5.        Sin embargo, la actora ha manifestado a fojas 46 y 47 que, con fecha 18 de febrero de 2021, se le remitió el Oficio 009-2021-CEDE-UGEL-CANDARAVE aparejando los siguientes documentos:

          Ficha de consolidado de la Encuesta a pares del evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa.

          Acta Individual de Resultados del evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa.

          Ficha de Calificación del evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa.

          Guía para el análisis de evidencia documental y de otras fuentes, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa.

          Guía de entrevista basada en evidencia, de fecha 7 de enero de 2021, evaluado Prof. César Luis Valencia Tarapa. - Ficha de consolidado de la Encuesta a pares, evaluado Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza.

          Acta Individual de Resultados del evaluado Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza. - Ficha de Calificación del evaluador Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza.

          Guía para el análisis de evidencia documental y de otras fuentes, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Giannina Milagros Romero Choquegonza.

          Guía de entrevista basada en evidencia, de fecha 6 de enero de 2021, evaluado Prof. Gianina Milagros Romero Choquegonza.

          Ficha de consolidado de la Encuesta a pares, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

          Acta Individual de Resultados, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

          Ficha de Calificación, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra. - Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

          Pauta para la entrevista a los actores educativos, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

          Guía Para el análisis de evidencia documental y de otras fuentes, de fecha 9 de enero de 2021, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

          Guía de entrevista basada en evidencia, de fecha 5 de enero de 2021, evaluado Prof. Rodolfo Esteban Nina Yufra.

 

6.        Evaluado lo anterior, este Tribunal considera que, aun cuando la actora manifiesta en su demanda que la información entregada mediante los oficios citados resultaría incompleta —pese a omitir señalar cuáles serían los documentos faltantes–, no es posible evaluar lo pretendido porque se trataría de nuevos pedidos, pero no se ha presentado el documento de fecha cierta que contenga el requerimiento previo exigido por el artículo 60 del Nuevo Código Procesal Constitucional. Por ende, conforme a lo descrito supra, al no existir identidad entre lo solicitado en sede administrativa y lo peticionado mediante el presente proceso de habeas data, corresponde desestimar la demanda.

 

Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

 

HA RESUELTO

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda.

Publíquese y notifíquese.

SS.

GUTIÉRREZ TICSE

FERRERO COSTA

DOMÍNGUEZ HARO

 

 

PONENTE GUTIÉRREZ TICSE