EXP. Nº 00007-2019-CC/TC

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO

AUTO 2 – CALIFICACIÓN

 

AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 29 de octubre de 2020

 

VISTA

 

            La demanda competencial interpuesta por la Municipalidad Distrital de San Isidro contra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y,

 

ATENDIENDO A QUE

 

1.        Mediante el auto de fecha 16 de abril de 2020 se declaró inadmisible la demanda competencial interpuesta por la Municipalidad Distrital de San Isidro contra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, debido a que el documento no fue suscrito por el alcalde de la entidad recurrente, ni se cumplió con adjuntar el acuerdo de concejo mediante el cual se le autoriza para plantear la presente controversia.

 

2.        Al respecto, el último párrafo del artículo 103 del Código Procesal Constitucional establece lo siguiente:

 

El Tribunal concederá un plazo no mayor de cinco días si el requisito omitido es susceptible de ser subsanado. Si vencido el plazo no se subsana el defecto de inadmisibilidad, el Tribunal, en resolución debidamente motivada e inimpugnable, declara la improcedencia de la demanda y la conclusión del proceso.

 

3.        En el presente caso, se advierte que el 27 de julio de 2020 este Tribunal, mediante correo electrónico, notificó el auto de fecha 16 de abril de 2020, que declaró inadmisible la demanda competencial, a la Municipalidad Distrital de San Isidro, y la entidad confirmó la recepción de la notificación electrónica el 29 de julio de 2020.

 

4.        Sin embargo, al haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 103 del precitado código sin que se cumpla con subsanar la omisión advertida, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la parte resolutiva del auto de fecha 16 de abril de 2020; y, en ese sentido, declarar improcedente la demanda.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

 

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda competencial interpuesta por la Municipalidad Distrital de San Isidro contra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

 

LEDESMA NARVÁEZ

 

FERRERO COSTA

 

MIRANDA CANALES

 

BLUME FORTINI

 

RAMOS NÚÑEZ

 

SARDÓN DE TABOADA

 

ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA

 

PONENTE SARDÓN DE TABOADA