EXP. Nº 00029-2008-PI/TC

LIMA

5639 CIUDADANOS

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 

Lima, 08 de enero de 2009

 

 VISTA

 

 

La demanda de inconstitucionalidad presentada por 5639 ciudadanos, representados por don Julio Ernesto Lazo Tovar, contra el artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 1013, el cual aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Medio Ambiente, publicado el 14 de mayo de 2008 en el diario oficial El Peruano; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que de acuerdo a lo establecido en el inciso 5 del artículo 203º de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo prescrito en el artículo 98º del Código Procesal Constitucional, pueden interponer demanda de inconstitucionalidad cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones.

 

2.      Que la demanda ha sido interpuesta dentro del plazo establecido en el artículo 100º del Código Procesal Constitucional.

 

3.      Que, asimismo, se aprecia que la demanda acompaña los recaudos necesarios y cumple con los requisitos establecidos en los artículos 101º y 102º del Código Procesal Constitucional.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú.

 

 

RESUELVE

 

 

1.                              ADMITIR a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 5639 ciudadanos, representados por don Julio Ernesto Lazo Tovar, contra el artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 1013, el cual aprueba la Ley de Creació n, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, publicado el 14 de mayo de 2008 en el diario oficial El Peruano.

 

2.                              Correr traslado de la demanda al Poder Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el inciso 2 del artículo 107º del Código Procesal Constitucional.

 

 

Publíquese y notifíquese

 

 

SS.

 

VERGARA GOTELLI

MESÍA RAMÍREZ

LANDA ARROYO

BEAUMONT CALLIRGOS

CALLE HAYEN

ETO CRUZ

ÁLVAREZ MIRANDA