EXP. N.° 01953-2008-PA/TC
LAMBAYEQUE
SINDICATO DE TRABAJADORES
NO DOCENTES DE
PARTICULAR DE CHICLAYO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Chiclayo, 18 de julio de 2008
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto contra la resolución expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que la parte
demandante solicita que se deje sin efecto los acuerdos del 14 de setiembre de 2006 y la inscripción registral
de los mismos, por medio de los cuales
2.
Que conforme se
aprecia de los hechos planteados por el demandante, los supuestos actos lesivos
de sus derechos fundamentales se produjeron el 14 de setiembre
de 2006, por lo que a la fecha de interposición de la demanda, el 15 de enero
de
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ