EXP. N.° 3878-2005-HC/TC

LIMA

LEONIDAS MAURO

BUSTAMANTE FIERRO

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 21 de marzo de 2006

 

VISTO

 

El recurso extraordinario interpuesto por doña Julia Constantina Chávez, en representación de don Leonidas Mauro Bustamante Fierro, contra la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 343, su fecha 18 de enero de 2005 que, confirmando la apelada, declaró improcedente la demanda de autos; y,

 

ATENDIENDO A  

 

1.      Que, con fecha 13 de setiembre de 2004, la recurrente interpone demanda de hábeas corpus a favor de don Leonidas Mauro Bustamante Fierro, cuestionando la detención dictada en su contra en el proceso que se le sigue ante el Primer Juzgado Penal del Cono Este, de la Corte Superior de Justicia de Lima, por la presunta comisión del delito de estafa, en agravio de doña Alejandrina Rosado Charchi.

 

2.      Que, conforme al oficio 575-03-1JPCH-EFR, remitido con fecha 20 de marzo de 2006, por el Primer Juzgado Penal del Cono Este de Lima, con fecha 12 de setiembre de 2005, se declaró sobreseída la instrucción contra Leonidas Mauro Bustamante Fierro y otros por la presunta comisión del delito de estafa (Exp. 575-2003). En tal sentido, siendo el objeto de los procesos constitucionales de la libertad, de acuerdo con el artículo 1.° del Código Procesal Constitucional, el “[...] proteger los derechos constitucionales, reponiendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional [...]”; al haberse producido el cese de la pretendida agresión, se ha producido la sustracción de la materia, por lo que no cabe emitir pronunciamiento de fondo.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento de fondo por haberse producido la sustracción de la materia.

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

 

GARCÍA TOMA

GONZALES OJEDA

ALVA ORLANDINI