EXP. N° 141-2005-Q/TC
PIURA
JORGE WIGBERTO
MONTERO BERECHE
Lima, 21 de
noviembre de 2005
El
recurso de queja presentado por don Jorge Wigberto Montero Bereche, y;
1.
Que
mediante oficio de fecha 18 de noviembre de 2005, la Primera Sala Civil de la
Corte Superior de Justicia de Piura remitió la información requerida por este
Tribunal, a fin de mejor resolver el caso de autos, señalando que el principal
fue remitido a esta Sede con fecha 18 de julio último, conforme se puede
apreciar de fojas 11.
2.
Que,
asimismo, el referido expediente ha sido signado con el número 5123-2005-AA/TC,
siguiendo su respectivo trámite a fin de que sea resuelto.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las
facultades conferidas por la
Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica;
Declarar que carece de objeto pronunciarse sobre el presente recurso de queja, al haber sido concedido el recurso de agravio constitucional. Dispone la notificación al recurrente y el archivamiento del presente cuadernillo.
SS.
BARDELLI LARTIRIGOYEN
GARCÍA TOMA