EXP. N.° 2764-2002-AA/TC
ÁNCASH
BAILÓN PABLO SÁNCHEZ GUERRERO
Lima, 28 de noviembre de 2003
La solicitud de aclaración presentada por don Bailón Pablo Sánchez Guerrero, respecto de la sentencia expedida con fecha 20 de enero de 2003, en la acción de amparo de autos; y,
Que del escrito presentado por el recurrente, se desprende que no se pretende “aclaración” de la sentencia, sino revisión y modificación del sentido del fallo, supuesto incompatible con la finalidad perseguida por la aclaración, conforme a lo dispuesto por el artículo 59° de la Ley N.° 26435.
Por este considerando, el Tribunal
Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución
Política del Perú y su Ley Orgánica,
Declarar SIN LUGAR la solicitud de aclaración de la sentencia de autos. Dispone la notificación a las partes, su publicación conforme a ley y la devolución de los actuados.
BARDELLI LARTIRIGOYEN
AGUIRRE ROCA
GONZALES OJEDA