EXP. N.º 1161-2001-AA/TC

CUSCO

EMPRESA DE TRANSPORTES

SATÉLITE S.R.L.

                                                                               

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 4 de noviembre de 2002

 

VISTO

 

El recurso extraordinario interpuesto por don Max Arthur Caballero Hurtado, gerente general de la Empresa de Transporte Urbano Satélite S.R.L., contra la resolución de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, de fojas 152, su fecha 27 de julio de 2001, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de amparo de autos; y,

 

ATENDIENDO A

 

Que, de fojas 4 a 6 del cuaderno de este Tribunal, obra copia legalizada de la escritura pública de transacción extrajudicial celebrada entre la Empresa de Transportes Satélite S.R.L. y la Municipalidad Provincial del Cusco, en la que se señala que la modificación de la ruta solicitada por la empresa demandante ha sido admitida y tramitada mediante la Comisión Especial de Audiencias Públicas.

 

Por esta consideración, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica,

 

 

RESUELVE

REVOCAR la recurrida, que, confirmando la apelada, declaró improcedente la acción de amparo; y, reformándola, declara que carece de objeto pronunciarse sobre el asunto controvertido por haberse producido la sustracción de la materia. Dispone la notificación a las partes y la devolución de los actuados.

 

SS.

 

ALVA ORLANDINI

GONZALES OJEDA

GARCÍA TOMA