EXP. N.° 701-2002-AA/TC
LIMA
CORPORACIÓN TAYSSIR SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
El escrito de fecha 8 de julio de
2002, presentado por doña Emma Agripina Sánchez Quintanilla en su calidad de
gerente de la Empresa Corporativa Tayssir Sociedad Anónima Cerrada, cuya firma
se encuentra debidamente legalizada, mediante el que se desiste del proceso de
acción de amparo seguido contra la Superintendencia de Administración
Tributaria; y,
Que,
de conformidad con los artículos 340° y 343° del Código Procesal Civil, de
aplicación supletoria, el escrito de desistimiento del proceso ha sido puesto a
conocimiento de la demandada Superintendencia de Administración Tributaria,
institución con la cual tenía directamente la deuda tributaria, y quien ha
manifestado, expresamente, su conformidad, como es de verse a fojas 8, por
haberse acogido la empresa demandante a los beneficios de la Ley N.° 27681, Ley
de Reactivación a Través del Sinceramiento de las Deudas Tributarias (RESIT).
Por este considerando, el Tribunal Constitucional, en uso de las
atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú y su Ley
Orgánica,
Tener
por desistida a doña Emma Agripina Sánchez Quintanilla, en su calidad de
gerente de la Empresa Corporación Tayssir Sociedad Anónima Cerrada, del
presente proceso de acción de amparo seguido contra la Superintendencia de
Administración Tributaria y el Ministerio de Economía y Finanzas. Dispone dar
por concluido el presente proceso, la notificación a las partes y la devolución
de los actuados.
SS.
ALVA ORLANDINI
AGUIRRE ROCA
GONZALES OJEDA