El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada por mayoría la demanda de amparo interpuesta por la empresa Telefónica del Perú contra la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), referida al cobro de intereses moratorios.
De acuerdo con la sentencia (Exp. N° 00225-2017-PA/TC) publicada en el portal institucional, votaron a favor, los magistrados Augusto Ferrero Costa, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera. En tanto que votaron en contra la presidenta Marianella Ledesma Narváez y el magistrado Manuel Miranda Canales, quien fue el ponente.
Los magistrados que votaron a favor de la demanda, coincidieron en que se ha acreditado la violación al derecho al plazo razonable y dispusieron que la Sunat efectúe el cálculo de los intereses moratorios, sin aplicar el cobro de intereses moratorios durante el tiempo en exceso que, respecto del plazo legal establecido, tomó la administración tributaria para resolver los medios impugnatorios planteados por la recurrente, más los costos del proceso.
Por su parte, los magistrados Ledesma Narváez y Miranda Canales que votaron en contra, señalaron que es improcedente la demanda, porque hay una vía igualmente satisfactoria donde se debe atender el pedido de la empresa Telefónica, que es el proceso contencioso administrativo, donde se viene discutiendo el pago de la obligación capital y los intereses legales.
Según el abogado de Telefónica, la deuda tributaria que es materia de reclamo ante el Tribunal Constitucional asciende a 729 millones de soles.
Lima, 23 de febrero de 2021