Notas de prensa

Lima - octubre 7, 2021

ORDENAN A SEDAPAL INSTALAR SUMINISTRO INDEPENDIENTE DE AGUA A FAVOR DE ADULTA MAYOR

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Lima (Sedapal), instale un suministro independiente a la vivienda de una adulta mayor de 83 años para que pueda contar con el servicio de agua potable.

La sentencia N° 770/2021 contenida en el Expediente N° 03693-2019-PA/TC señala que María Catalina Miranda viuda de Barnuevo refiere que Sedapal le negó otorgarle el servicio de agua, al denegarle la instalación de un suministro independiente para su vivienda en el distrito de Breña, pese a que cumplió con los requisitos para contar con dicho servicio.

Agrega la demandante que, a un vecino suyo, que cumplió con los mismos requisitos que ella, sí se le instaló un suministro de agua independiente, por lo que solicita se instale dicho suministro con un pago que esté al alcance de su economía.

El Tribunal señaló que está acreditado que, a la vecina de la recurrente, a la que se le autorizó el servicio solicitado, no se le requirió la instalación de una red complementaria. Al respecto, Sedapal no ha justificado por qué en el caso de la demandante sí es necesario contar con una “red complementaria tipo quinta”.

Además, que la respuesta dada a la demandante vulnera el principio de igualdad previsto en el artículo 2, inciso 2 de la Constitución, debido a que no justifica por qué se le da un trato diferenciado, ni expone causas objetivas o razonables para tal requerimiento; por el contrario, se le exige un sistema de conexión para toda la quinta o inmueble -cuyo costo es elevado- y no solo para su departamento.

Lima, 07 de octubre de 2021