Notas de prensa

- agosto 31, 2004

EL PRESIDENTE DEL TC PROPONE INTRODUCIR IMPORTANTES MODIFICACIONES EN LA CARTA MAGNA

-Voto para militares y policías, Congreso bicameral, eliminación del voto preferencial

-Ratificación por el Senado de altos mandos militares, policiales y Embajadores

-Incorporación del fuero privativo militar al Poder Judicial

El Presidente del Tribunal Constitucional (TC), Dr. Javier Alva Orlandini, señaló que desde su punto de vista, considera que la reforma constitucional debe incluir, por lo menos, puntos básicos, entre ellos el fortalecimiento de la participación ciudadana a través del referéndum, respecto a los asuntos de importancia nacional.

Alva propuso esta y otras importantes modificaciones a la Carta Magna, en el marco de su intervención el día de hoy especialmente invitado por el Acuerdo Nacional, donde recordó que ya el TC se ha pronunciado en dos sentencias, una al resolver la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados del Cusco y la otra promovida por más de cinco mil ciudadanos, representados por el doctor Alberto Borea Odría.

En la primera sentencia, el TC declara que, en tanto el Congreso constituido respete el núcleo duro de la Constitución Histórica, puede hacer la reforma total de la actual Constitución, sometiendo el texto aprobado a referéndum, tal como lo dispone la Ley 27600.

En la segunda sentencia, el TC declara que, no obstante el cuestionado origen de la actual Constitución, ésta tiene vigencia y produce efectos jurídicos, entre ellos la elección del Congreso, del Presidente y Vicepresidentes de la República, de los propios miembros del Tribunal Constitucional y de todos los otros órganos del Estado.

En cuanto al origen de la Carta de 1993, el TC señala que, de acuerdo a los datos oficiales del Jurado Nacional de Elecciones, la mayoría del denominado Congreso Constituyente Democrático (CCD), fue elegida por el 36 % de los ciudadanos que votaron el 18 de noviembre de 1992; y que de los más de ocho millones de votantes en el referéndum del 31 de octubre de 1993 menos de cuatro millones aprobaron la Constitución.

Hay, pues, una falta de legitimidad de origen de la actual Constitución; pero hay, también, una vigencia con efectos irreversibles.

Lo ocurrido con el referéndum de 1993 contrasta con el que, en 1978, se produjo en España. La Constitución Española fue aprobada por más de 16 millones de votos contra un millón cuatrocientos mil en contra.

Ambas sentencias del TC destacan que, tanto en la elección del CCD como en el referéndum, el país estaba, en dos terceras partes, incluso Lima, bajo el Estado de Emergencia; y que la cúpula de las Fuerzas Armadas, coautora del golpe del 05 de abril de 1992, manipuló ambos procesos, incluyendo la alteración de las actas y la manipulación del sistema informático.

Asimismo, el TC en las referidas sentencias señala que la Comisión de Bases para la Reforma Constitucional, que nombró el Gobierno Transitorio en mayo de 2001, estableció tres alternativas para dicha reforma. La nulidad de la actual Constitución, de ser posible en agosto de ese año 2001 y la puesta en vigencia de la Carta de 1979, con las modificaciones correspondientes; la utilización de los mecanismos de la Constitución de 1993 para introducir en ella una reforma total; o la convocatoria a una Asamblea Constituyente, previo referéndum.

Alva Orlandini, sostuvo que es obvio que, actualmente, son viables sólo dos de las tres alternativas, o sea la reforma total de la Constitución por el actual Congreso o la convocatoria a una Asamblea Constituyente.

El titular del TC recalcó que la tarea de hacer la reforma total de la Constitución por el Congreso se inició con muchos bríos; pero el entusiasmo fue decayendo paulatinamente. Sin embargo, muchos sectores de la opinión pública reclaman la reforma.

Como Presidente del TC -dijo Alva Orlandini- «mantengo, naturalmente, los criterios que contienen ambas sentencias. Desde mi punto de vista personal considero que la reforma constitucional debe incluir, por lo menos, los siguientes puntos»:

– Fortalecer la participación ciudadana a través del referéndum respecto a los asuntos de importancia nacional; y en relación a la revocación y remoción de autoridades.

– Incorporación al universo electoral de los militares y policías.

– Congreso bicameral, con Senadores elegidos en distrito único y Diputados elegidos por Regiones o Departamentos. Además, fijar los requisitos mínimos de idoneidad para unos y otros.

– Fortalecer los partidos políticos, con acceso gratuito a los medios de comunicación social de propiedad del Estado y de los concedidos a particulares.

– Elección de Alcaldes y Regidores cada tres años y mediante mayoría absoluta, lo que implica doble vuelta en caso necesario, entre las dos listas más votadas.

– Eliminar o regular el voto preferencial en todo tipo de elecciones.

– Creación de no más de diez Regiones y elección de gobiernos regionales también con mayoría absoluta de votos.

– Ratificación de los altos mandos militares y policiales por el Senado de la República.

– Ratificación de los Embajadores en el exterior por el Senado de la República.

– Incorporación del actual fuero privativo militar al Poder Judicial, sin perjuicio de que las medidas disciplinarias sean competencia de las respectivas instituciones

Lima, 31 de agosto del 2004