La sentencia del Tribunal Constitucional referente a la aplicación del Código de Defensa del Consumidor es histórica y muy precisa, porque un decreto de urgencia no puede precisar ninguna ley y por lo tanto no tiene validez alguna, hecho que restituyó el texto original del Código del Consumidor sobre el endoso de pasajes nacionales, así lo afirmó el doctor Crisólogo Cáceres Valle, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), durante la entrevista que le hicieron en el programa “Tus Derechos” del Tribunal Constitucional.
El doctor Cáceres también señaló que las asociaciones de consumidores tienen que ser independientes tanto del tema político como del tema económico y que ASPEC está facultado por el Código del Consumidor para interponer acciones legales en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores. La asociación tiene esta prerrogativa gracias a que se encuentra inscrita en un registro que administra el Indecopi.
Manifestó que el sector financiero es el sector que tiene más quejas por parte de los consumidores y que en ASPEC anualmente constituyen casi el 35% del total de quejas recibidas. Siendo los temas más recurrentes la falta de transparencia en las condiciones de créditos, las letras pequeñas de los contratos, las modificaciones unilaterales de los contratos, etc.
Lima, 27 de junio de 2011