Cusco (Especial).- Los magistrados del Tribunal Constitucional (TC), Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich, expusieron en el conversatorio: La Constitución de 1993: Análisis y perspectivas en sus primeros 30 años organizado por el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) en el Cusco.
Durante su exposición, el magistrado Manuel Monteagudo, quien también hizo de moderador, señaló que el derecho internacional se ha vuelto doméstico, porque ha ingresado a terrenos que estaban reservados para la relación exclusiva, entre los estados y sus administrados. “Hoy en día, el derecho internacional ingresa a este terreno”, dijo.
Agregó que los arbitrajes de inversión son exámenes, desde el punto de vista del derecho internacional sobre la conducta administrativa de un Estado con un inversionista extranjero y este examen no lo hace la justicia interna, sino la justicia internacional.
“Esa dinámica del derecho de inversiones ha estado inspirada en el derecho internacional de los derechos humanos, es decir estos sistemas supranacionales, donde las personas llevan a los estados a las instancias internacionales, esa es la gran evolución del derecho internacional. “Un privado lleva a un Estado para discutirle el cumplimiento de parámetros del derecho internacional”, puntualizó.
Monteagudo indicó que la Constitución señala expresamente que las normas relativas a los derechos fundamentales, hay que interpretarlas teniendo en cuenta los tratados que ha suscrito el Estado peruano.
Por su parte, el magistrado César Ochoa señaló que el sistema económico está consagrado en el artículo 58 de la Constitución, se regula la economía social de mercado, con un Estado orientado a los servicios públicos y normas en defensa del consumidor.
Dijo que la economía social de mercado, no es una fórmula económica ni programática, sino se interpreta a partir de la propia Constitución de 1993, que no debe entenderse, solo como una cuestión económica, sino como una cuestión socio económica que la propia Constitución del 93, en su artículo 43, define al Estado peruano como una república democrática y social, siguiendo en este aspecto a la Constitución del 79.
Explicó que la Constitución económica, se puede definir como el conjunto de valores, principios y derechos, relativos a las libertades en el campo económico, esas libertades son el derecho de propiedad, libertad de contrato, libertad de empresa, libertad de iniciativa privada y libertad de trabajo. “Es decir, hay un pilar fundamental de las libertades dentro del régimen económico y por otro lado, hay un rol del Estado para regular, intervenir y regular estas libertades”, acotó.
Además, participaron como ponentes, Wilver Caballero Condori, decano del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco; Maghiori Castro Cuba Velasco, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Continental; Jorge Paúl Arce Zans, docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Contables y Sociales de la Universidad Tecnológica de los Andes; Elvis Oroz Figueroa, docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco; y Mario Yoshisato Álvarez, docente de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Andina del Cusco. La presentación estuvo a cargo del director académico del CEC, Alex Ulloa Ibañez.
El evento académico se realizó el 1 de diciembre en el auditorio del ilustre Colegio de Abogados del Cusco, institución que es coorganizador del conversatorio.
Cusco, 1 de diciembre de 2023
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional