El profesor argentino de derecho constitucional, Sergio Díaz Ricci, dialogó sobre “El Código Procesal Constitucional de Tucumán – Argentina”, en el programa Coloquios Constitucionales del Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional (TC).
Díaz Ricci, docente de derecho constitucional en la Universidad Nacional de Tucumán, es el creador del primer Código Procesal Constitucional en una provincia latinoamericana, fue entrevistado por el director académico del CEC, Alex Ulloa Ibáñez. En la conversación, explicó que para hablar del Código Procesal Constitucional es necesario considerar dos conceptos fundamentales: constitución y democracia.
Destacó que una Constitución se basa en la voluntad colectiva y en reglas constitucionales fundamentales en derechos y libertades, centradas en derechos humanos que permiten la convivencia política. A continuación, se establece la organización institucional, cuyo objetivo es garantizar y desarrollar esos derechos.
Indicó que, cuando no se cumple la Constitución, deben aplicarse las garantías jurisdiccionales de constitucionalidad, designando un órgano encargado de controlar la constitucionalidad de las leyes y actos de los poderes inferiores.
Añadió que una Constitución contemporánea no solo incluye una parte dogmática con un listado de derechos fundamentales, sino también una parte orgánica sobre la distribución del poder y otra relacionada con el control de la constitucionalidad, que son las garantías.
Agregó que controlar implica fiscalizar e inspeccionar, verificando si la actuación del poder público se ajusta a la norma.
Acotó que esa función de control está asignada a un órgano que varía de país en país y de Constitución en Constitución. Una de las formas de controlar y garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales es a través de un instrumento importante conocido como Código Procesal Constitucional.
Vea los detalles de esta entrevista ingresando al siguiente enlace:
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Lima, 4 de octubre de 2024
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional