Arequipa, 24 de abril de 2025 (Especial). – El vicepresidente del Tribunal Constitucional (TC), magistrado Helder Domínguez Haro, afirmó que la Constitución tiene 32 años de vigencia y en el derecho constitucional existe el principio de perdurabilidad de los textos constitucionales sobre la base de la interpretación para entender el fenómeno jurídico.
En los casos en que no se pueda dar respuesta a un problema jurídico, el último instrumento es la reforma de la Constitución.
Destacó que hoy, pleno siglo XXI, vivimos lo que se denomina constitucionalismo jurisprudencial dentro del desarrollo del constitucionalismo, ese movimiento de ideas y de personas que estudian y defienden y garantizan una Constitución interpretada.
Afirmó que la interpretación se hace desde la Constitución y no desde la ley. Detalló que los derechos y el poder tienen límites y son consustanciales a la naturaleza de las personas.
Indicó que vivimos, según nuestro orden constitucional, en una pluralidad de poderes, y la relación Ejecutivo-Parlamento es de importancia superlativa para la gobernabilidad democrática, por eso el Texto Constitucional regula dicha relación de un modo expreso y sujetas a un control interórganos para mantener el equilibrio de poderes.
En su exposición comentó algunas sentencias del TC sobre este tipo de relaciones, como el expediente 001-2023-PI/TC, donde el TC señala la democracia constitucional como derecho y el medio propicio para las mejores relaciones Ejecutivo-Parlamento. El expediente 00004-2022-CC/TC que estableció que la denegatoria de la cuestión de confianza es siempre expresa y la decide exclusivamente el Congreso.
Estas palabras las dio a conocer en la actividad académica, organizada por el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del TC, en el auditorio principal de la Universidad de San Martín de Porres, filial Arequipa.