El jefe del gabinete de asesores del Tribunal Constitucional (TC), Berly López Flores, fue el expositor en este evento académico organizado por el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) y la Universidad Nacional de Cajamarca (UNC) en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.
Durante su exposición sostuvo que la Constitución recoge un amplio catálogo de derechos fundamentales y la estructura organizativa del Estado peruano, razón por la que orientó su conferencia en el derecho al trabajo.
Indicó que el trabajo es un medio de realización de la persona humana, que se desarrolla y crece a través del trabajo, siendo este un derecho y un deber.
Detalló que la Constitución de 1993, en su artículo 27, establece que la ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario, sin causa justa, solo porque no le caía bien al gerente o dueño de la empresa por su vestimenta; solo otorgaba derecho a la indemnización.
Además, sostuvo que la Ley 26513, que modificaba la Ley de Fomento del Empleo, indicaba que la protección frente al despido solo es la indemnización. Sin embargo, el TC, en la sentencia del Sindicato de Telefónica en el Perú, expediente 1124-2001-PA/TC, interpretó ese artículo y señaló que, a partir de esa sentencia, la protección también es la readmisión y reposición en el empleo.
Destacó que el amparo, en la medida de lo posible, busca reponer al estado anterior a la vulneración del derecho. Y frente a un despido, el estado anterior es mantener la relación laboral, que subsista, se mantenga y se desarrolle sin ningún inconveniente.
El evento académico fue inaugurado por el decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNC, Julio Villanueva Pastor, y participaron como panelistas los docentes Franklin Valdivia Díaz (UNC) y César Urbina Quiñones, de la Universidad Privada del Norte.
La moderación estuvo a cargo de la asesora jurisdiccional con funciones de directora académica del CEC, María Candelaria Quispe Ponce.
Lima, 27 de marzo de 2025
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional