Detalle de audiencia programada

El Artículo 31 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional establece que "El informe oral, para ser concedido, deberá ser solicitado, por escrito, hasta dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del día de la audiencia en el portal electrónico del Tribunal Constitucional. En los casos de hábeas corpus con reo en cárcel o con detención domiciliaría, el informe oral sobre hechos se podrá escuchar vía telefónica, durante la audiencia, si ello fuere solicitado en el plazo señalado anteriormente."

Item Nro.Expediente Demandante Demandado Colegiado Procedencia
1 00008-2023-AI DEFENSORIA DEL PUEBLO Representado(a) por ELIANA REVOLLAR AÑAÑOS CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU Representado(a) por PROCURADURÍA PÚBLICA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA PLENO LIMA
2 00006-2024-CC PODER EJECUTIVO Representado(a) por LUIS ALBERTO HUERTA GUERRERO- PROCURADOR PUBLICO ESPECIALIZADO EN MATERIA CONSTITUCIONAL PODER JUDICIAL , MINISTERIO PUBLICO ( INTERPRETACION DEL ARTICULO 117° DE LA CONSTITUCION ) PLENO LIMA
3 03055-2024-AA DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA MINISTERIO PUBLICO - - Representado(a) por PROCURADOR DEL MINISTERIO PUBLICO PLENO LIMA