El Tribunal Constitucional declaró improcedente e infundada la demanda de hábeas corpus contenida en el Expediente Nº 03565-2010-PHC/TC interpuesta por el ex jefe del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), Julio Rolando Salazar Monroe, procesado por el delito de secuestro agravado y homicidio calificado en agravio de Rafael Ventocilla Rojas y otros
El demandante cuestionó el mandato de detención dictado en contra suya, ante lo cual el Colegiado advirtió que el demandante no lo había impugnado, es decir, que al no agotarse la vía judicial, no existe resolución firme, por lo que resultaba prematura su impugnación en sede constitucional, declarándose improcedente la demanda en ese extremo.
Asimismo, el demandante objetó la apertura de instrucción en su contra, pues se habría vulnerado el derecho a la motivación de las resoluciones al no haberse individualizado su responsabilidad; sin embargo el TC reparó en que en la resolución impugnada sí se había individualizado la participación del procesado como autor mediato del secuestro agravado y asesinato de Rafael Ventocilla Rojas y otros, pues para el juez ordinario era indudable que el demandante, en su condición de jefe del SIN, conocía de las operaciones especiales llevadas a cabo por el destacamento “Colina” que acabaron con el secuestro y asesinato de Rafael Ventocilla Rojas y otros, declarándose infundada la demanda en este extremo.
Lima, 02 de febrero de 2013