Arequipa, 6 de junio de 2024 (Especial).- El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Morales Saravia, expuso en el X Congreso Nacional e Internacional de Derecho Administrativo, organizado por la Universidad Católica de Santa María en esta ciudad.
El titular del TC habló en el eje temático “Derecho Administrativo para una gestión pública eficiente” con el tema “Conflictos competenciales”. Explicó que los procesos de conflictos de competencia, se originan cuando un poder del Estado o un órgano constitucional o un gobierno regional o local, se atribuye una competencia de otro o cuando un órgano al no ejercer su competencia afecta a otro órgano constitucional.
Agregó que a diferencia de los procesos de inconstitucionalidad, en un conflicto competencial se puede interponer una medida cautelar, y la innovación del Código Procesal Constitucional (CPC), es que el TC con 7 miembros, requiere de 5 votos para declarar fundada la demanda y para la medida cautelar también se necesita 5 votos. Recordó que el anterior CPC establecía que se requerían 4 votos.
“La sentencia del conflicto competencial es muy potente, incluso puede anular actos desarrollados en el pasado, es decir tiene efectos retroactivos. Las sentencias han anulado actos administrativos, directivas, sentencias y medidas cautelares y eso se ha desarrollado desde hace 20 años en el Tribunal Constitucional”, indicó.
Durante su disertación, hizo un recuento de los conflictos competenciales presentados. Refirió que 1 conflicto competencial se presentó en 1996; 13 (2003), 11 (2009), 10 (2023) y 4 (2024). Añadió que los que más demandan son los gobiernos locales (68%), los poderes del Estado (14%), los órganos constitucionales autónomos (10%) y los gobiernos regionales (8%).
Morales Saravia señaló que durante el periodo 2014 y 2022 se resolvieron 40 demandas, de los cuales 4 fueron fundadas (10%), 9 infundadas (22%) y 27 improcedentes (68%). En el actual pleno, en el periodo 2022 a 2024, se resolvieron 12 demandas, de los cuales 4 fueron fundadas (33%), 2 infundadas (17 %) y 6 improcedentes (50%).
Comentó que entre los casos resueltos por el TC, figuran el que declaró fundada la demanda competencial y señaló que es contraria a la Constitución la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza. También estableció que la Junta Nacional de Justicia tiene competencia constitucional para llevar a cabo procedimientos de investigación contra los fiscales supremos. Además, declaró fundada la demanda competencial en relación con el proceso de amparo que impedían al Congreso seguir el procedimiento de designación del Defensor del Pueblo, la realización de investigaciones parlamentarias sobre asuntos de interés público y el seguido por la Sunedu.
El presidente del TC señaló que hay un caso que tiene que ver directamente con el derecho administrativo. Se trata de la demanda competencial presentada por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital de Barranco contra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento sobre los parámetros urbanísticos II. Aquí se declaró fundada y se estableció que la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones, son competencias exclusivas de los gobiernos locales, entre otras sentencias.
Durante el acto inaugural que se realizó en horas de la mañana, el titular del TC, dirigió unas palabras y señaló que la Constitución es fundamental para el gobierno, para las personas, para la organización del Estado y para la protección de los derechos fundamentales, pero -dijo- sin el derecho administrativo, esa Constitución no podía ser realidad y se quedaría en un mero catálogo de buenas intenciones.
Por otro lado, el presidente del TC, Francisco Morales participó de la ceremonia por el 143 aniversario de la Batalla de Arica y Día de renovación de juramento a la bandera, realizado en la plaza Bolognesi del distrito de Uchumayo, con presencia de autoridades políticas y militares.
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional