Notas de prensa

- mayo 9, 2012

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS AMPLIÓ A TRAVÉS DE SU JURISPRUDENCIA EL SIGNIFICADO Y CONTENIDO DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de su jurisprudencia emitida en cerca de 30 años, amplió el significado y contenido del derecho al debido proceso, que tradicionalmente se restringía a la justicia penal ordinaria, para que se aplique en todos los ámbitos en los cuales cualquier persona se enfrenta al aparato estatal.

La especialista en derecho internacional Elizabeth Salmón Gárate cataloga a este aporte jurídico como una contribución de primer orden de esta corte, que a su juicio trata, cada vez más, de sintonizarse con los países adscritos al sistema interamericano de justicia y reflejar la situación de estos.

A propósito de una investigación realizada con su colega Cristina Blanco sobre el derecho al debido proceso en la jurisprudencia de la CIDH, publicada por el Instituto de Democracia y Derechos Humanos (IDEHPUCP) de la Pontifica Universidad Católica del Perú, Salmón –además– considera al debido proceso como una condición sin la cual no puede existir estado de derecho en sentido estricto.

Ni tampoco un mecanismo claro –como advierte– para que las personas que sientan vulnerados algunos de sus derechos puedan reclamar en condiciones de igualdad, con la posibilidad incluso de cuestionar testigos y jueces, sabiendo de antemano las consecuencias de ser condenado.

En ese sentido, anota, el debido proceso es lo que distingue una sociedad verdaderamente democrática y respetuosa de las reglas básicas del estado de derecho de lo que es la arbitrariedad absoluta.

 

Lima, 09 de mayo de 2012