Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, que establece la obligación de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones, el Tribunal Constitucional ha puesto a disposición de sus usuarios este servicio.
La implementación del Libro de Reclamaciones tiene por finalidad establecer un mecanismo de participación ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que brinda la institución.
Los usuarios de los servicios que brinda el Tribunal Constitucional (sean personas naturales o jurídicas) que requieran hacer su reclamo o queja podrán hacerlo a través del formato electrónico – virtual ubicado en el link “Libro de Reclamaciones”, el cual se encuentra en nuestra página web (www.tc.gob.pe).
Asímismo, podrán acceder al seguimiento de los reclamos con el número de su documento de identidad (DNI) y en el caso de ser persona jurídica, el DNI del representante, donde visualizarán el estado situacional de su reclamo o queja.
La persona designada como responsable del Libro de Reclamaciones es la Jefa de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo. El Tribunal Constitucional dará una respuesta al usuario a través del sistema electrónico, en un plazo máximo de hasta treinta (30) días hábiles.
Lima, 21 de junio de 2011